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viernes, 4 de mayo de 2012

Servicio Social obligatorio


Reglamento aprobado en la reunión del Consejo General Universitario
El Consejo Académico de la Universidad de Panamá aprobó el Servicio Social obligatorio a partir del segundo semestre 2012.
Esta medida desea focalizar en una sola comunidad –previamente seleccionada- el servicio social estudiantil, mediante programas que permitan la aplicación de los conocimientos y garanticen el aprendizaje servicio de los estudiantes.
Además de cumplir con los objetivos, de fomentar el desarrollo de una conciencia de responsabilidad, solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece. Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de los sectores menos beneficiados en aras del desarrollo  económico, social, cultural y deportivo entre otros.
El servicio social tendrá una duración  mínima de 120 horas, que se cumplirán acorde al sistema establecido por la unidad académica y de la existencia de cupos en los proyectos seleccionados.
Los estudiantes deben cumplir los requisitos establecidos en el Artículo seis  (6) y son los siguientes:
  • ·         Estar matriculados en la Universidad de Panamá.
  • ·         Haber cursado el primer año del pensum académico de su carrera.
  • ·         Tener un índice de carrera no menor de 1.00.
  • ·     Participar del seminario de inducción al Servicio Social de la UP, organizado por la unidad académica en coordinación con la Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles.
  • ·         Otros requisitos específicos que pudiera establecer cada unidad académica.
El joven universitario tendrá la responsabilidad de cumplir con las tareas y actividades que se le asignen en el programa;  mantener una conducta que prestigie a la UP;  acudir a su servicio social en el horario establecido por la institución colaboradora y presentar al profesor tutor el informe individual o colectivo a más tardar un mes después de finalizado el servicio, tal como lo señala el Artículo nueve (9) del reglamento.
Una vez completado el trabajo por el estudiante, la unidad académica remitirá la certificación de culminación, del mismo, a la Secretaría General de la UP y notificará de la culminación a la VAE y esta a su vez mantendrá un registro del servicio social realizado.
A partir del segundo semestre

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